
Lo marca el indicador PulsoPBA, que elabora el Banco Provincia. Se refiere al tercer trimestre. Podría anticipar una tendencia nacional.










Las flamantes medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial. Incluye a los presatadores Edenor y Edesur.
03/11/2025
ignacio bauchwitz
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó los nuevos cuadros tarifarios que las empresas Edesur y Edenor aplicarán a los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), con validez desde el 1 de noviembre. Además, autorizó que se modifiquen el sistema de lectura de los medidores a una metodología mensual.
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Lo hizo por intermedio de distintas resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial. Una de ellas, la 744/2025, establece un incremento del 3,53% con respecto a octubre para los clientes de Edesur, mientras que para los de Edenor, de acuerdo con la resolución 745/2025, la suba será de 3,6%, también en relación con el mes pasado.
En ambos casos, la medida abarca a los usuarios residenciales de los tres niveles definidos por el esquema de segmentación (N1: sin subsidio; N2: menores ingresos; y N3: ingresos medios), como para clubes de barrio y de pueblo, y usuarios-generadores
Las medidas se dan “en el marco de la emergencia energética dispuesta por el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 (prorrogada por los Decretos N° 1023 del 19 de noviembre de 2024 y N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025), la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social declarada por el Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 y la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023”.
En tanto, el ENRE también aprobó tarifas específicas para los Clubes de Barrio y de Pueblo, que figuran en el listado del Ministerio de Turismo y Deportes, y para las Entidades de Bien Público. Además, se fijaron las tarifas de inyección para los Usuarios-Generadores, es decir, quienes aportan energía a la red, y se actualizaron los valores del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS), que se aplican en casos de interrupciones o deficiencias en el servicio.
Cambios en la medición de la luz
Por otro lado, el ENRE resolvió autorizar a ambas empresas a modificar el sistema de lectura de medidores para los usuarios de la categoría Tarifa 1 - Pequeñas Demandas, permitiendo que la medición y la facturación de consumos eléctricos pasen de un esquema bimestral a uno mensual. Esto marca un cambio relevante en la operatoria y tiene un impacto directo en millones de hogares y pequeños comercios.
El conflicto central que motivó la resolución giró en torno a la disociación temporal entre el consumo real de los usuarios y la facturación, una situación que, según las empresas, generaba confusión y dificultaba la gestión financiera de los hogares.
Tanto Edenor como Edesur argumentaron que el régimen vigente, instaurado en 2016, obligaba a facturar mensualmente sobre consumos medidos cada dos meses, lo que provocaba que los usuarios recibieran facturas que no reflejaban con precisión el consumo del período de pago. Las distribuidoras sostuvieron que “la adopción de un sistema de lectura mensual permitiría a los usuarios tener una señal más clara, transparente y oportuna de su consumo, ya que el período facturado coincidiría -por su mayor proximidad- con el de consumo”.
Las distribuidoras también dijeron que la disminución de aquel plazo “resultaría de utilidad al sistema de distribución en general, ya que los usuarios podrían adoptar medidas de ahorro y/o de uso racional, en forma oportuna, contribuyendo así a disminuir consumos innecesarios y a la eficiencia energética”, y que, además, “repercutiría favorablemente en los usuarios al permitirles una mejor planificación financiera”.
La Resolución indicó que “las distribuidoras deberán iniciar toda acción tendiente a implementar la nueva metodología dentro de los 30 días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia” del documento, y que tendrán que “establecer un Período de Transición para la implementación”. (DIB)

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