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Se trata de un ajuste de 6,8% en la alícuota del "recargo" que pagan todos sobre los consumos de gas natural para financiar a los distritos que tienen subsidio.
Noticias DIB
El Gobierno nacional volvió a aumentar el cargo en la factura de gas para financiar el régimen de Zona Fría, suba que se verá trasladada a los costos que pagan los usuarios residenciales y las empresas por este servicio.
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A través de la Resolución 1253/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial y con la firma del ministro de Economía, Luis Caputo, la gestión del presidente Javier Milei dispuso aumentar del 6,6% al 6,8% la alícuota del "recargo" (impuesto) que pagan todos los usuarios sobre los consumos de gas natural y que financian a los que tienen subsidios por el régimen de Zona Fría.
Este ajuste que ya había sufrido un cambio en julio, en concreto, es sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico de 9300 kilocalorías que entra al sistema de ductos en la Argentina. De acuerdo con el texto oficial, el nuevo porcentaje se aplicará tanto al consumo regular como al autoconsumo de las empresas del sector.
Mientras tanto, la nueva resolución faculta al Enargas, que está bajo la órbita de la Secretaría de Energía, a “ajustar los procedimientos para su facturación”. “Las disposiciones de la presente resolución serán de aplicación para los consumos realizados a partir del día en que sean publicados en el Boletín Oficial los procedimientos especiales para la facturación del recargo establecido, medida por parte del Enargas”, dispusieron también desde el Gobierno.
El incremento apunta a reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que cubre parte del costo del servicio en aquellas zonas geográficas que por sus condiciones climáticas requieren mayores niveles de calefacción. El recargo es trasladado a todos los consumidores del país, sin distinción de categoría o ubicación, a través de los cuadros tarifarios vigentes.
El Fondo Fiduciario se creó en 2002 mediante la ley 25.565 y sus posteriores cambios con el objetivo de subsidiar el consumo residencial de gas en zonas frías. Su financiamiento proviene de este recargo sobre el precio del gas en el PIST, que las empresas distribuidoras y comercializadoras trasladan a los usuarios en la facturación mensual.
Qué es la zona fría
En mayo de este año, el Gobierno nacional actualizó los criterios para acceder a los cuadros tarifarios diferenciales del gas natural por red dentro del Régimen de Zona Fría Ampliada (Ley 27.637).
Hasta el momento, los beneficiarios del régimen que percibían menos de cuatro salarios mínimos y tenían más de un medidor a su nombre accedían al 50% de descuento en cada uno de ellos. Con el cambio normativo, eso se limita: los 137.842 usuarios detectados en esa situación solo podrán mantener el beneficio completo en uno de sus suministros. Para los medidores restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por la ley.
La ley de Zona Fría Ampliada es una extensión del régimen original creado en 2002 para asistir a provincias con climas extremos, como las del sur argentino, donde el consumo de gas es alto y esencial.
Sin embargo, en 2021 el Gobierno de Alberto Fernández amplió el alcance del régimen a zonas clasificadas como cálidas y templadas-cálidas -según la norma IRAM 11603:2012- incluyendo gran parte del territorio bonaerense, Rosario, Córdoba y San Luis, entre otros.
Ahora el Gobierno de Javier Milei evalúa eliminar por decreto la ampliación del régimen de zona fríaque se realizó en 2021. Eso impactaría encarecería el gas en 77 distritos bonaerenses. (DIB)

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